CONTRATO EXCLUSIVA GEDESCOM


COMPROMISO DE GESTION DE VENTA EN EXCLUSIVA

Doña Inmaculada Carrión Romero, mayor de edad, con DNI 28765424Z y Don Daniel Ramos Curado, mayor de edad, con DNI 34056009R, ambos con domicilio en Sevilla, C/ Doctor Antonio Cortés Lladó, Nº 6, escalera 2, piso 8º letra C; ambos casados, en régimen económico matrimonial de gananciales, en su calidad de copropietarios de dicha vivienda en porcentajes 35% y 65%, respectivamente (en adelante “LA PROPIEDAD”)

Encargan a D. Emilio Peña Bursón, mayor de edad, con DNI 28612454V la VENTA EN EXCLUSIVA de la vivienda especificada en el presente documento, que ejerce la intermediación en nombre propio y/o en el de Gedescom (nombre comercial) y más específicamente en nombre de la mercantil Seramed Health Care Services, S. L. Con CIF B90097635 y domicilio social en Sevilla, calle Divino Redentor Nº 11, Local 4, en lo sucesivo << AGENCIA INMOBILIARIA>>, conforme a las siguientes estipulaciones:

Objeto: La propiedad encarga la venta en exclusiva de la vivienda, sita en Sevilla, y con dirección en C/ Doctor Antonio Cortés Lladó, Nº 6, escalera 2, piso 8º letra C.

Duración El presente encargo tendrá la duración de 8 meses, a contar desde la fecha de firma virtual del presente documento,  prorrogable por periodos sucesivos e iguales salvo preaviso expreso por alguna de las partes con 30 días de antelación, quedando obligado al cumplimiento de lo pactado hasta la fecha de expiración del contrato.

Compromiso La propiedad se compromete a vender, atender y aceptar a los clientes propuestos por la agencia, y a aceptar el precio final que las partes pactaren para la compraventa (parte vendedora y parte compradora).

De la misma forma, la propiedad permitirá siempre y en horarios pactados, el acceso a la vivienda a la agencia inmobiliaria y sus clientes.

Autorización para recibir cantidades en concepto de arras. LA PROPIEDAD o representante autoriza expresamente a << AGENCIA INMOBILIARIA>>, para recibir en su nombre, en calidad de depositario, cantidades en concepto de arras o señal.

Gastos y tributos. El inmueble se transmitirá libre de cargas y gravámenes, al corriente del pago de gastos de Comunidad y libre de arrendatarios y ocupantes. Todos los gastos que se deriven de la compraventa serán según Ley.

Precio. El precio inicial que se fija para la citada venta es de  685.000 EUROS, permitiendo la propiedad la venta en un precio inferior o superior pactado, sirviendo como fiel documento de aceptación la firma del contrato de arras.

La propiedad queda exenta del pago de honorarios a la << AGENCIA INMOBILIARIA>> quedando pactado el cargo de estos a la parte compradora.

En este sentido, la propiedad respetará siempre la intermediación en la compraventa de agencia inmobiliaria, comunicando y derivando a ésta cualquier cliente interesado.

Igualmente, la propiedad acepta el cobro de honorarios a la parte compradora, como queda dicho, aunque la transmisión se produzca directamente por la propiedad o a través de otro intermediario durante la vigencia del presente encargo e incluso a interesados que ya hubieran visitado la vivienda con anterioridad a este acuerdo, o si, a pesar de haber caducado o haberse rescindido por cualquier motivo, la venta se produjera a alguno de los clientes presentados por << AGENCIA INMOBILIARIA>>.

Leave this empty:

Signature arrow sign here

Signed by Emilio Peña Burson
Signed On: 16/09/2022


Signature Certificate
Document name: CONTRATO EXCLUSIVA GEDESCOM
lock iconUnique Document ID: c14ec2ed69194d2d409cb1ea51e2c681079c5833
Timestamp Audit
15/09/2022 19:47 CESTCONTRATO EXCLUSIVA GEDESCOM Uploaded by Emilio Peña Burson - contratosclientes@seramed.es IP 81.36.25.4