CONTRATO ADMINISTRADORES


De una Parte, D. EMILIO PEÑA BURSÓN, con DNI 28612454V, en calidad de Administrador de la sociedad SERAMED, HEALTH CARE SERVICES S.L., entidad de nacionalidad española, con domicilio social en Sevilla, C/ Divino Redentor número 11, local 4 y provista de Código de Identificación Fiscal B-90097635, según Escritura Pública autorizada por el Notario de Sevilla, D. Bartolomé Martín Vázquez, con el nº 2.969 de su de su protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de Sevilla, en el tomo 5762, folio 140, hoja SE-98949, inscripción primera (en adelante, “Seramed”).

Y de otra Parte, D. , con N.I.F. y Dña. , con N.I.F. en calidad de Administradores de la sociedad Con CIF , nombre comercial y con domicilio social en e email (en adelante “el profesional”).

MANIFIESTAN

  • Que el Profesional tiene como actividad principal la prestación de Servicios de Administración de Fincas, entre otros.
  • Que Seramed es una empresa cuya principal actividad es Consultoría de empresas, y en general, la prestación de servicios varios, como son la provisión de coberturas MÉDICO-SANITARIAS, ODONTOLÓGICAS y VETERINARIAS, entre otros, siempre a través de sus partners y proveedores concertados.
  • Que las Partes, de sus libres y espontáneas voluntades, han acordado otorgar el presente Contrato de Prestación de Servicios (en adelante, “el Contrato”) con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

  1. Objeto

El presente contrato regula la inscripción del profesional en el Programa de Protección Familiar Integral para Comunidades de Vecinos de Seramed (en adelante “el programa”), por el que ésta le ofrece al profesional la posibilidad de fidelizar y ampliar su cartera de clientes (en adelante “el cliente”), así como estimular e incentivar la venta de sus servicios.

Esta inscripción supone la facilitación del acceso, a los clientes indicados por el profesional, a los servicios y coberturas en Salud Privada, Odontología y Veterinaria (en adelante, “coberturas”) propias de Seramed y de este programa específico, a cambio de una cuota mensual a satisfacer por el profesional y nunca por sus clientes.

Esta cuota queda establecida en el apartado "4. Precios" para un ciclo o tramo de 500 viviendas, actualizándose este precio, caso de ampliación a nuevos tramos, a la cifra indicada al respecto en ese apartado. 

Seramed se hace responsable de la totalidad de la gestión de los clientes referidos por el profesional, en lo que a la actividad propia de Seramed se refiere, esto es: prestación de los servicios y coberturas especificadas, dejando exento al profesional de cualquier acción directa sobre estos menesteres. 

Por otra parte, las coberturas suscritas están sujetas al abono de unos copagos a satisfacer siempre por el cliente y nunca por Seramed o el profesional, cuyo contenido y cuantías se encuentran recogidas en los Baremos Oficiales Seramed (en adelante, “los baremos” o “baremos”), pudiendo ser siempre consultados en la web corporativa www.seramed.es; en aplicación móvil creada por Seramed para los Sistemas IOS y ANDROID, una vez realizada el alta pertinente y los trámites necesarios para poder acceder a los mismos; o llamando al teléfono corporativo 954 661 961 en horario comercial de 9:00 a 19:30. 

En cuanto al contenido del programa en general, su operativa, gestión, procedimientos, normas, requisitos, formas de uso y acceso a estos servicios, el profesional declara conocerlos en su totalidad y haberlos entendido completa y satisfactoriamente.

  1. Legalidad

El profesional declara que su empresa se encuentra legalmente constituida/o y cumple con todos los requisitos legales para el ejercicio de su profesión y está dotada/o de todos los elementos necesarios para la correcta atención de sus clientes.

En cuanto a la cartera de clientes generada por la inscripción en el programa, ésta será siempre propiedad de Seramed, de manera que, una vez se extinga la relación contractual entre las partes o hubiere desaparecido la vinculación entre el profesional y el cliente, dentro del programa, Seramed se reserva el derecho a aplicar cuantas acciones comerciales estime oportunas para dar continuidad a esta cartera de clientes, ya, en este caso, fuera del programa y dentro del marco legal establecido para contratos ordinarios. 

Seramed nunca ofrecerá sus servicios a los clientes mientras exista vinculación en vigor con el profesional dentro del programa.

Por otra parte, Seramed se reserva el derecho a rechazar la inscripción en el programa de cualquier cliente por cualquier motivo.

Seramed nunca aceptará en el programa a clientes que ya estén dados de alta en Seramed o lo hayan estado en el pasado, quedando fuera del marco contractual establecido para el programa.

El presente contrato no tendrá carácter de exclusividad hasta no se haya alcanzado la cuota establecida para ello, fijada en 500 € más el correspondiente IVA en vigor. 

Esta exclusividad consistirá, una vez alcanzada esta cuota, en que el profesional podrá excluir hasta 3 profesionales de su sector que estime como competencia activa, no teniendo límites geográficos, dentro de la localidad de Algeciras, para el uso y aplicación del programa.

Aún así, Seramed acepta, desde este momento, la exclusión solicitada por el profesional en reunión personal, de la Administración de Fincas administrada por D. Andrés Maderal Martín, sita en Algeciras.

Además, Seramed establece un cupo máximo de contratación para Algeciras de 4 administraciones de fincas, no pudiendo ampliarlo sn el consentimiento expreso de las administraciones que estuvieren activas.

Por último, el ámbito geográfico establecido y concertado para que el profesional pueda aplicar los preceptos  y contenido del programa, queda fijado, como queda dicho, para la localidad de Algeciras, provincia de Cádiz.

Caso que el profesional quisiera ampliar a otras localidades o provincias, las partes se comprometen a la celebración y firma de un nuevo acuerdo.

  1. Duración

El presente Contrato queda establecido con carácter indefinido y no contempla permanencia mínima alguna, si bien, las partes establecen un periodo mínimo de 3 meses para poder llevar a acabo la extinción total del acuerdo, a contar desde la comunicación fehaciente del profesional, dando tiempo así a Seramed a gestionar las bajas de los clientes adscritos al programa y cancelar los accesos.

Durante este periodo, el profesional deberá continuar con el abono de las cuotas mensuales pactadas hasta la extinción de dicho periodo, estableciendo, como mes 1, el mes mismo de la comunicación de la baja, siempre que esta comunicación se produzca antes del día 20 de dicho mes.

Los Servicios comenzarán a prestarse desde el mismo día de la firma del presente acuerdo y continuarán en vigor mientras el profesional continúe al corriente de pagos de las cuotas establecidas.

  1. Precios y forma de pago

El precio de los servicios queda establecido por ciclos/tramos de 500 viviendas, siendo la tarifa del primer tramo contratado de 500 € mensuales más el correspondiente I.V.A. -605 € mensuales, I.V.A. incluido-

Sin embargo, el presente acuerdo está sujeto a promoción estival, por lo que el precio inicial a abonar por el profesional, para el primer ciclo y con un máximo de 100 viviendas, se verá bonificado, incrementándose progresivamente en el tiempo y quedando de la siguiente manera: 

Mes de julio: el profesional abonará, mediante domiciliación del recibo, 150 € + I.V.A, quedando la cantidad total a abonar en 181,5 € para este primer mes.

Mes de agosto: el recibo quedará fijado en 200 € + I.V.A., quedando la cantidad total a abonar, desde esta fecha, en 242 € para este mes y sucesivos, hasta que concurran los supuestos que se indican a continuación:

Una vez el profesional alcance la cifra de 100 viviendas, la nueva cantidad mensual a abonar será, desde ese momento, la cantidad oficial establecida para el primer ciclo/tramo, esto es: 500 € + I.V.A., quedando la cantidad total entonces en 605 €. 

Esta cuota permanecerá vigente hasta alcanzar el profesional el máximo establecido para el primer ciclo/tramo (500 viviendas), momento en el cual el profesional podrá decidir contratar o no nuevos tramos.

En cuanto a la contratación de nuevos tramos, cada uno de ellos de  500 viviendas, quedan tarificados en 400 € + I.V.A. (484 €, I.V.A. incluido), obteniendo una bonificación del 20% (- 100 €) sobre el ciclo/tramo inicial.

En este sentido, el profesional podrá contratar tantos cliclos/tramos como desee, aplicándose la tarifa indicada de 484 € por cada uno de ellos.

La cuota mensual neta podrá ser actualizada cada año y sin previo aviso, con el IPC anual.

En cuanto a la periodicidad de pagos, se establece el cargo de recibos mensuales en cuenta bancaria, por adelantado, y entre los días 1 y 10 de cada mes. 

En este sentido, los datos de domiciliación y cuenta bancaria del titular, son los siguientes:

 

Por la firma del presente contrato, el titular autoriza a su entidad a atender los pagos recurrentes presentados por Seramed, con el identificador de acreedor: ES67001B90097635.

  1. Confidencialidad

El Profesional se compromete a mantener la confidencialidad de cualquier información a la que tenga acceso relacionada con Seramed, sus tarifas, operativa, procedimientos o con sus abonados.

De la misma forma, mantendrá escrupulosamente la confidencialidad sobre el precio pactado y el contenido general del presente acuerdo.

  1. Validez de las cláusulas

Aunque se dicte la invalidez o inaplicabilidad de alguna de las cláusulas del presente Contrato o de alguna de sus partes, el resto continuará gozando de plena validez y vigencia.

  1. Rescisión del Contrato

Para la rescisión total del presente acuerdo, como queda dicho, será necesario que transcurra el periodo pactado de 3 meses, a contar desde el aviso fehaciente del profesional, y en los términos y condiciones detallados en este contrato.

  1. Responsabilidades

El profesional consiente dejar a Seramed exenta de cualquier responsabilidad o reclamación de la que fuera objeto, cualquiera que sea su origen, causa y/o procedencia, atribuible a aquél o al ejercicio de su profesión.

Igualmente, las partes acuerdan dejar exenta a Seramed de cualquier impago o deuda en que los clientes del profesional pudieran incurrir con respecto de los servicios prestados por éste.

  1. Notificaciones

Para los efectos de notificaciones, requerimientos y escritos de cualquier clase a que dé lugar el presente Contrato, se entenderá como domicilio del Profesional y de Seramed los que figuran en el mismo. Si existiera cambio de alguno de ellos, las partes se obligan a comunicarlo de forma inmediata.

  1. Cesión del Contrato

Las Partes podrán ceder a terceros los derechos u obligaciones que les son otorgados en virtud de este Contrato sin la autorización expresa de la otra Parte, subrogándose los cesionarios en las condiciones y cláusulas del mismo.

  1. Identificación

Seramed ha creado un método identificativo para los clientes: la tarjeta virtual, provista de total legitimidad y validez para su presentación en los centros médicos, odontológicos y veterinarios concertados (en adelante “los centros”).

Así, cada cliente presentará dicha tarjeta en estos centros, siendo la operativa de identificación en los centros tal y como se establece en este apartado:

Tarjeta Virtual: El titular o beneficiario, portador de la tarjeta virtual, deberá identificarse siempre con ésta, debiendo ser mostrada en los centros a través de la pantalla de su Smartphone, de su Tablet, o impresa en papel -esto último sólo para casos excepcionales-. Además, el personal de cada centro cotejará el código de seguridad que previamente habrá recibido vía mail, en el correo electrónico facilitado por el centro a Seramed para tal fin. Este código deberá ser siempre coincidente con el que aparece en la pantalla del Smartphone, Tablet o papel impreso que muestra el paciente. Del mismo modo, deberá acompañarla con su N. I. F. o documento suficiente y, tras esto, seguir las indicaciones del personal de referencia de cada centro.

En cuanto al acceso de los clientes a los cuadros y listados de profesionales concertados, así como a sus copagos más habituales, se realizará siempre a través de la app móvil creada por Seramed para tal efecto, cuya operativa, accesos y funcionamiento en general se dará a conocer a cada cliente mediante el contrato que subscribirán con Seramed.

Sin embargo, todo aquel cliente que lo requiera, podrá solicitar la reiteración de la información o la resolución de cualquier duda que a éste le surja, contactando vía telefónica en el 954 661 961 ó solicitando cita previa por la misma vía para ser atendido personalmente en las oficinas de la compañía.

  1. Baja de los clientes

Seramed, al primer requerimiento del profesional, procederá a dar de baja a cualquier cliente que éste indique, sin que tenga que mediar justificación alguna.

Esta baja supondrá la cancelación de los accesos a dichas coberturas y será siempre gestionada y comunicada por Seramed, dejando siempre al profesional ajeno a estos procesos.

Así, se salvaguarda y protege la relación cliente-profesional sin influir en la continuidad del trato cotidiano y habitual entre las partes.

  1. Datos Personales

Ambas Partes se comprometen a guardar el más absoluto secreto respecto de los datos de carácter personal a que tengan acceso en cumplimiento del presente Contrato y a observar todas los preceptos legales que  contiene en el nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD UE 2016/679), los cuales serán el marco exigible hasta que se apruebe la normativa nacional que sustituirá a la actual Ley Orgánica de Protección de Datos 15/1999.

De conformidad con este nuevo marco normativo, Seramed, como entidad responsable del tratamiento de sus datos, viene obligada a informar de las circunstancias relativas a los mismos, reiterando que el tratamiento de los datos se adecuará exclusivamente al desarrollo de las actividades propias de Seramed.

Con esta intención se pone a su disposición inicialmente un email seramed@seramed.es para ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición o comunicación de cualquier incidencia relacionada con esta cuestión. 

Por otra parte y como queda dicho, los clientes inscritos por el profesional en el programa pasarán a formar parte de la cartera de Seramed, de manera que, una vez se extinga la relación contractual entre las partes o desaparezca la vinculación entre el profesional y su cliente, Seramed podrá aplicar cuantas acciones comerciales estime oportunas como propietaria de la cartera.

  1. Ámbito de aplicación

El ámbito de aplicación del presente acuerdo es el de la localidad de Algeciras, provincia de Cádiz.

  1. Inexistencia de relación laboral.

Las Partes establecen que en ningún momento existirá relación laboral entre el Profesional y Seramed.

El Profesional manifiesta que tiene plena libertad de decisión respecto a los Servicios que presta y no está bajo la dirección ni supervisión de Seramed.

    16. Impagos.

Seramed se reserva el derecho a cancelar, anular e impedir los accesos de los clientes a las coberturas y servicios, caso de concurrir el profesional en impagos o devoluciones de los recibos bancarios.

    17. Ley aplicable y jurisdicción competente

El presente Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las Leyes de España y se someterá a la jurisdicción de los Tribunales de Sevilla.

Las Partes manifiestan su conformidad con el presente Contrato, que otorgan y firman mediante el software e-signature, y que cumple con la normativa internacional para firmas electrónicas y contratos electrónicos.

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Signed by Emilio Peña Burson
Signed On: 31/07/2018


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11/07/2018 08:21 CETCONTRATO ADMINISTRADORES Uploaded by Emilio Peña Bursón - contratosclientes@seramed.es IP 88.23.55.2